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Extranjería

Nueva Ley de Extranjería 2026: cambios clave para residentes extranjeros

Las reformas de la normativa de extranjería en España amplían los plazos de residencia, facilitan el arraigo y crean nuevos permisos para nómadas digitales.

Equipo GovEasy1 de marzo de 202610 min lectura
Nueva Ley de Extranjería 2026: cambios clave para residentes extranjeros

Resumen rápido

La normativa de extranjería se basa en la LO 4/2000 y su Reglamento (RD 557/2011), modificado por el RD 629/2022 y posteriores reformas. Las novedades 2023–2026 incluyen el arraigo para la formación (2 años de permanencia), el visado de nómada digital de la Ley de Startups (Ley 28/2022) con tributación al 24% por el régimen de impatriados, plazos reducidos para reagrupación familiar y simplificación de los requisitos de la residencia de larga duración a los 5 años. GovEasy centraliza las novedades de extranjería y te alerta cuando un cambio normativo afecta a tu expediente.

El marco legal de la extranjería en España

La normativa principal que regula la situación de los extranjeros en España es la Ley Orgánica 4/2000 (conocida como Ley de Extranjería), modificada en varias ocasiones. En 2022-2026 se han introducido cambios significativos mediante reales decretos y reformas reglamentarias que afectan a millones de residentes extranjeros.

1. Arraigo Social: nuevas condiciones

El arraigo social (art. 124 REx) sigue requiriendo 3 años de permanencia en España y vínculos familiares o informe de integración, pero desde 2023 se aplican mejoras:

  • Arraigo para la Formación (nuevo): Solo 2 años de permanencia + compromiso de realizar un curso de formación laboral. Permite obtener autorización de residencia temporal y trabajar.
  • Arraigo Social con oferta de empleo: Se mantiene la posibilidad de acreditar contrato de trabajo como alternativa al informe de integración.

2. Nómadas Digitales y Teletrabajadores Internacionales

La Ley 28/2022 de Startups creó el visado y permiso de residencia para nómadas digitales (trabajadores a distancia para empresas extranjeras):

Requisitos principales:

  • Trabajar para empresa extranjera al menos 3 meses antes de la solicitud
  • Ingresos mínimos: 200% del SMI (aprox. 2.762€/mes en 2026)
  • Los cónyuges e hijos pueden obtener permiso de trabajo

Duración: 1 año (visado) / 3 años (permiso de residencia, renovable)

Ventaja fiscal: Acceso al régimen especial IRPF de impatriados (tipo fijo del 24% sobre ingresos hasta 600.000€) durante 5 años.

3. Reunificación Familiar: plazos reducidos

Los plazos para solicitar la reagrupación familiar de familiares de residentes de larga duración se han reducido:

  • Cónyuge e hijos menores: posible desde que se obtiene la residencia legal (antes se exigía 1 año)
  • Padres mayores de 65 años: posible con residencia de larga duración (5 años)

4. Residencia de Larga Duración (5 años)

Para obtener la residencia de larga duración (antes llamada "permanente") se requieren 5 años de residencia legal y continuada. Se han simplificado los requisitos de demostración de medios económicos:

  • Ya no se exige el 400% del IPREM mensual de forma estricta
  • Se valoran los ingresos de la unidad familiar en conjunto

5. Expulsiones y retornos voluntarios

La reforma introduce mejoras en el procedimiento de retorno voluntario:

  • Mayores plazos para el retorno voluntario antes de la expulsión
  • Posibilidad de acudir a mediación administrativa

Sanciones y situación irregular

Las sanciones por situación irregular se mantienen, pero se priorizan los procedimientos de regularización sobre la expulsión cuando el extranjero acredita arraigo y vínculos con España.

¿Qué trámites se ven afectados en 2026?

  • NIE y TIE: Proceso sin cambios significativos
  • Arraigo para la Formación: Nuevo, muy solicitado para jóvenes sin oferta laboral
  • Nómada Digital: Gran demanda; las oficinas de extranjería han habilitado cita online específica
  • Residencia UE Larga Duración: Solicitable en comisarías y delegaciones de gobierno

Recomendaciones

  1. Si llevas 2 años en España sin trabajo estable → estudia el arraigo para la formación
  2. Si trabajas en remoto para empresa extranjera → solicita el visado de nómada digital
  3. Si llevas 3 años → prepara el arraigo social (con oferta de empleo facilita la obtención)
  4. Cualquier trámite de extranjería → solicita cita con antelación (hay mucha demanda)

Usa el Radar de Citas GovEasy para encontrar la primera cita disponible en extranjería de tu provincia.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir el arraigo para la formación?

Personas extranjeras que acrediten 2 años de permanencia continuada en España y se comprometan a realizar un curso de formación reglado, ocupacional o conducente a obtención de certificado de profesionalidad. Da derecho a residencia y trabajo por 12 meses, prorrogable.

¿Cuáles son los requisitos del visado de nómada digital?

Trabajar a distancia para empresas extranjeras (máximo 20% para clientes españoles), llevar al menos 3 meses con el empleador, ingresos mínimos del 200% del SMI (≈ 2.762 €/mes en 2026), titulación universitaria o 3 años de experiencia profesional y estar al corriente con la Seguridad Social.

¿Qué ventaja fiscal tiene el nómada digital?

Acceso opcional al régimen especial de impatriados del IRPF (la 'Ley Beckham'): tributación a tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 € anuales durante el ejercicio de cambio de residencia y los 5 siguientes.

¿Cuándo puedo pedir la residencia de larga duración?

A los 5 años de residencia legal y continuada en España. Algunos periodos en otros Estados de la UE pueden computar parcialmente. La nueva práctica administrativa valora los ingresos de la unidad familiar en conjunto en lugar de exigir el 400% del IPREM individual.

¿Qué pasa con la situación irregular tras la reforma?

Las sanciones por estancia irregular se mantienen, pero el Tribunal Supremo y la Administración priorizan los procedimientos de regularización (arraigo) sobre la expulsión cuando se acredita arraigo familiar, social o laboral.

Última actualización: 6 de mayo de 2026

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